El CSN renueva la licencia de la central de Trillo hasta 2034

Redacción
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El dictamen emitido incluye nueve límites y condiciones, acompañados de cinco Instrucciones Técnicas Complementarias.

Imagen de la central nuclear de Trillo. - Foto: Javier Pozo

El Pleno del Consejo de Seguridad Nuclear (CSN), en su reunión semanal, entre otros asuntos, ha informado favorablemente la solicitud de renovación de autorización de explotación de la central nuclear Trillo (Guadalajara) por el periodo de diez años solicitado por su titular, es decir, hasta el 16 de noviembre de 2034. El informe que recoge el dictamen técnico del CSN será remitido al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD) y será tenido en cuenta en el proceso de autorización, según se establece en el Reglamento de Instalaciones Nucleares y Radiactivas (RINR) en su artículo 23).

La decisión adoptada por el Pleno se basa en la comprobación del funcionamiento correcto de la central y del mantenimiento del nivel adecuado de seguridad para continuar su operación, así como en la constatación de la respuesta adecuada del titular a los requisitos normativos aplicables. Como consecuencia de la evaluación del CSN han resultado diversas propuestas de mejora de la seguridad, en gran medida identificadas en la Revisión Periódica de la Seguridad (RPS) elaborada por el titular.

De esta forma se hace una revisión profunda y global del estado de seguridad de la central, dado que la instalación cumplirá 40 años de operación en 2028 y, a partir de ese año, entrará en la denominada Operación a Largo Plazo (OLP). El regulador cuenta con una Instrucción de Seguridad, la IS-22, en la que se recogen los requisitos de seguridad para la gestión del envejecimiento y la operación a largo plazo de las centrales nucleares españolas.

El cuerpo técnico del regulador ha revisado el cumplimiento de todos los requisitos exigidos al titular de la instalación en la autorización de explotación vigente hasta la fecha, en las Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) asociadas a la mencionada autorización, así como otras ITC que han sido emitidas por el Consejo a lo largo del periodo de funcionamiento autorizado.

Este informe favorable está basado en los resultados de la evaluación del CSN, contenidos en 44 informes técnicos. Asimismo, se ha tenido en cuenta la información procedente de los procesos de supervisión y control de la central, por parte del Consejo de Seguridad Nuclear, durante la vigencia de la actual autorización. 

Límites y condiciones

El regulador ha emitido un dictamen que establece nueve límites y condiciones que se refieren a varios aspectos clave. En primer lugar, se detallan los requisitos genéricos, que incluyen, entre otros, la identificación del titular y del explotador responsable, la potencia máxima autorizada, los documentos oficiales de explotación y su proceso de modificación, los informes anuales requeridos y los requisitos para solicitar el cese de la explotación. Asimismo, se exige el cumplimiento de las propuestas de actuación del titular y de los compromisos adquiridos en la RPS y en los análisis relacionados con el Plan integrado de evaluación y gestión del envejecimiento (PIEGE), así como de los programas de mejora de la seguridad y de otras acciones adicionales específicas requeridas por CSN mediante Instrucciones Técnicas.

El dictamen también aborda la protección contra riesgos internos, específicamente aquellos derivados de inundaciones internas y aspersión. Finalmente, se establecen acciones relacionadas con la gestión del envejecimiento y la Operación a Largo Plazo (OLP) ya que entrará en esta situación dentro de cuatro años. En la actualidad, operan en esta fase tanto Almaraz I y II, como Ascó I.

Instrucciones Técnicas Complementarias

Además, los límites y condiciones establecidos se acompañan de cinco Instrucciones Técnicas Complementarias (ITC) establecidas por el CSN directamente al titular de la central. Estas ITC desarrollan las condiciones de la autorización y abarcan varios ámbitos.

La primera y la segunda ITC se refieren a los documentos oficiales de explotación y a los informes periódicos, respectivamente. La tercera incluye las propuestas de actuación derivadas de la Revisión Periódica de Seguridad y la documentación presentada con la solicitud. También abarcan aspectos adicionales de algunos compromisos adquiridos por el titular y acciones añadidas tras la evaluación del CSN. Para un seguimiento eficiente, se establecen plazos de información sobre el estado de cumplimiento de estos compromisos al Consejo. 

En la cuarta se detallan acciones para revisar los análisis de inundaciones internas y aspersión, así como los cambios asociados al Manual de Protección contra Inundaciones (MPCI) y sus documentos de desarrollo.

Finalmente, en la quinta ITC se incluyen los requisitos relacionados con la gestión del envejecimiento y la Operación a Largo Plazo. Esto incluye las actuaciones requeridas en relación con el informe integral del estado de componentes y estructuras, el PIEGE, y las modificaciones al Estudio de Seguridad relacionadas con la gestión del envejecimiento y la OLP, además de los plazos para enviar la información correspondiente al CSN.

Asimismo, el Pleno ha informado favorablemente el Plan de gestión de residuos radiactivos y del combustible gastado asociado a la OLP de la planta y la solicitud de renovación de la autorización de protección física presentada por el titular de Trillo.