UGT presenta dos sentencias pioneras por un permiso laboral

Beatriz Palancar Ruiz
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha emitido un dictamen en el que se reconoce el derecho de los empleados a poder disfrutar de un permiso retribuido de cinco días laborales por enfermedad u hospitalización de un familiar

Alfredo Ávila, Juan Antonio Pendás y Ana González. - Foto: Beatriz Palancar Ruiz

El sindicato UGT ha presentado esta mañana ante los medios de comunicación dos sentencias pioneras en España que avalan el derecho que tienen los trabajadores de disfrutar de un permiso laboral de cinco días retribuido por ingreso o enfermedad de un familiar de cinco días laborales. 

El secretario provincial del sindicato, Juan Antonio Pendás, ha realizado una valoración positiva de estas dos sentencias, emitidas hace pocos días por el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, "porque, seguramente, va a ayudar a resolver muchos temas de conflictividad diaria que hay en el tema de permisos legales retribuidos".

El máximo responsable de UGT en Guadalajara, además, ha aclarado que estas sentencias, emitidas el pasado jueves 20 de marzo y este mismo martes día 25, "ratifican la sentencia primigenia" que se había producido en Primera Instancia y que "los cinco días se generan por el hecho causante" aclarando a continuación que los únicos documentos que la empresa puede solicitar al trabajador sería ese justificante de enfermedad u hospitalización y un documento que acredite el parentesto. "Todo lo que excede de esas peticiones está fuera de la ley", ha dicho de manera tajante Juan Antonio Pendás. 

Por su parte, la secretaria general de la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC) de UGT Castilla-La Mancha, Ana González, ha detallado que las dos sentencias se han interpuesto por parte de UGT ante dos vulneraciones de derechos en dos empresas de la provincia de Guadalajara, una perteneciente al sector de la logística y otra de hostelería, que no respetaron el cambio aprobado dentro del artículo 37.3 B del Estatuto de los Trabajadores por el que los días de permiso retribuido por hospitalización o enfermedad de un familiar hasta segundo grado pasaron de dos a cinco días laborables, según el Decreto Publicado el 30 de junio de 2023 y una sentencia de la Audiencia Nacional posterior que aclaraba que se trataba de días laborables y no naturales.

La secretaria de la FeSMC de UGT en la región ha insistido en la circunstancia de que las empresas no pueden pedir más documentación sobre la situación de salud de un tercero no es legal: "Las empresas, lo primero que entendieron era que no eran laborables y lo segundo que eran hasta cinco días. Pero estas sentencias no dejan lugar a dudas, cinco días laborables ante el hecho causante. Dejando claro que exigir partes de alta, partes diarios de hospitalización o de reposo domiciliario no es legal. Ambas sentencias lo dejan claro. Todo lo demás sería vulnerar el Estatuto de los Trabajadores", recordando que es la norma mínima de derecho que garantiza los derechos de los trabajadores. 

González ha insistido en la voluntad de UGT de ser firmes en la salvaguarda de este derecho conquistado al determinar que "cada vez que exijan a un trabajador o trabajadora que justifiquen más allá de esto van a tener en frente a la UGT defendiendo los derechos que los trabajadores y trabajadoras hemos conseguido y ganados con años de lucha y están reconocidos como mínimos y que los convenios, recordamos, pueden ampliar".

"Por la ley de protección de datos, es absolutamente ilegal entregar a ninguna empresa datos de un tercero que ni siquiera es trabajador y, mucho menos, datos médicos. No es necesario justificar el reposo domiciliario ante un ingreso o una hospitalización", ha aclarado la secretari a de la FeSMC regional de UGT, quien recordaba a las empresas que "lo que tienen que entender es que se ampliaron los derechos".

Igualmente, el secretario de la FeSMC de UGT en Guadalajara, Alfredo Ávila, ha pedido a las empresas "que no hagan una interpretación torticera y partidaria de la ley", poniendo el foco en la problemática que viven de manera especial los trabajadores de las empresas temporales que cuando solicitan un permiso de cinco días retribuidos por enfermedad u hospitalización de familiar se encuentran con una suspensión directa de su contrato temporal.

Los hechos que causaron ambos procedimientos judiciales iniciados por parte de UGT se produjeron el año pasado. Ahora, las empresas pueden recurrir esta sentencia del TSJ de Castilla-La Mancha ante el Tribunal Supremo pero con la posibilidad de que sean condenados a costas en caso de que volvieran a perder la causa como ha ocurrido en primera y segunda instancia. 

Las dos sentencias son pioneras en Castilla-La Mancha, y hay una más en la provincia de Toledo, y en España. "Las sentencias jurisprudentes son las del Supremo pero que los TSJ empiecen a decir que los cinco días son laborables y retribuidos y cómo hay que justificar, sembará jurisprudencia porque alguna llegará", ha puntualizado Ana González.

Permiso parental de ocho semanas retribuido

Desde el sindicato UGT, a preguntas de los periodistas, han valorado que "cada vez que los trabajadores conseguimos un derecho y las empresas tienen que pagar" aumenta la conflictividad laboral. 

Así, Ana González ha detallado que el sindicato está pendiente de otro juicio más relacionado con este permiso retribuido de cinco días, también con una empresa de logística, que se espera que se resuelva el próximo 1 de abril; y de otro litigio judicial más relacionado con el permiso parental de ocho semanas retribuido, por incumplimiento de una directiva europea, que también está pendiente de resolución.

"Esperamos en los próximos meses dar la buena noticia de que en Guadalajara conseguiremos la primera sentencia donde esas semanas se abonen", decía Ana González sobre este último asunto judicial.

"Nos han intentado quitar derechos y no se puede consentir", decía Ana González, quien enfatizaba que "los trabajadores no deben permitir que se vulneren sus derechos".