La Junta de Gobierno de la Diputación de Guadalajara ha aprobado la convocatoria de subvenciones a municipios y EATIMs de la provincia de menos de 20.000 habitantes para la realización de material de promoción turística correspondiente al año 2024.
La Diputación destina a esta convocatoria de ayudas un total de 40.000 euros, que se distribuirán en régimen de concurrencia competitiva entre las solicitudes presentadas que cumplan los requisitos establecidos en las normas reguladoras del procedimiento.
El objetivo de estas subvenciones es sufragar gastos para dotar a los municipios y EATIMs de material promocional, de distribución gratuita, que muestre su oferta turística y ayude a que la atracción de visitantes sirva de instrumento dinamizador de la localidad o su comarca.
El sistema de concurrencia competitiva establece unos criterios de valoración de las solicitudes que se presentan, en los que se tiene en cuenta la singularidad del proyecto, la potencialidad de impacto, el ámbito de difusión del material promocional, el rigor y ajuste presupuestario y la colaboración de la entidad local solicitante con las actividades de promoción turística de la Diputación.
De acuerdo con estos criterios, cada una de las solicitudes presentadas se ordenarán de mayor a menor puntuación obtenida, asignándose las ayudas en base al valor euro/punto establecido, producto de la división del total del presupuesto por el número total de puntos adjudicados.
Gastos y cuantías subvencionables
El importe máximo de la subvención concedida a cada solicitud no podrá exceder del 80% de los gastos subvencionables, con un máximo de 2.000 euros. Se consideran gastos subvencionables los correspondientes a: edición de material turístico promocional de distribución gratuita (folletos, guías, mapas); edición de vídeos de promoción turística de la localidad de distribución gratuita; elaboración de la página web de turismo, o mejora y actualización de la web de la entidad local, en lo que respecta al apartado o enlace de promoción turística, creatividad, diseño y programación, creación y maquetación de contenidos, textos, fotografías y elementos audiovisuales.
En esta convocatoria no se subvencionan programas de fiestas de la localidad ni materiales promocionales relativos a fiestas de interés turístico provincial, al existir para estas una convocatoria específica de ayudas para su organización y desarrollo.
Las entidades locales de la provincia que pueden solicitar a estas ayudas dispondrán de un plazo de 15 días hábiles para hacerlo, a partir del día siguiente a la publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).